Julio Yao Villalaz
La
elección del próximo defensor o defensora del Pueblo por parte de la Asamblea
Nacional puede exponer algunos vicios de nuestro sistema político, si no se
advierten los errores en que podrán incurrir los ‘padres' y ‘madres' de la
Patria y se evita una contradicción fundamental con los principios
democráticos, tanto del Órgano Legislativo como de la Ley 7 de 1997 que crea la
Defensoría del Pueblo.
De
la Ley 7 de 5 de febrero de 1997, cito el Artículo 13 del Capítulo II sobre
Incompatibilidades y Prerrogativas: ‘El ejercicio del cargo de Defensor o
Defensora del Pueblo es incompatible con la filiación partidista y con el
desempeño de cualquier otra actividad político-partidista profesional o
comercial, ya sea remunerada o no remunerada...'.
La
Defensoría del Pueblo es el instrumento más idóneo (si no el único) de la
sociedad, específicamente de las grandes mayorías, para protegerse de las
arbitrariedades del poder y la desigualdad social y es el arma democrática por
excelencia de los sectores menos favorecidos en su permanente bregar.
Los
sectores mayoritarios deben defenderse del hegemonismo que se abate sobre ellos
en nombre del neoliberalismo, las empresas transnacionales, las élites
bancarias, el cambio climático, el sistema anacrónico de salud, la burocracia,
la injusticia, la corrupción y la falta de diligencia oficial.
Por
esa razón, la Defensoría del Pueblo debe administrarse con total independencia
de los poderes estatales, gubernamentales e institucionales que la rodean y
tratan de ahogarla y descarrilarla para que no cumpla sus objetivos en bien de
la sociedad.
La
Defensoría es una ventana abierta, un cauce, a la democracia. Sin ella, la
sociedad se convierte en una olla de presión que pronto podría estallar en una
revolución social. Por ese motivo, es sabia la Ley 7 que enfatiza la
independencia de la Defensoría, así como el Artículo 13 que hace incompatible
con el cargo de defensor cualquier filiación partidista o el desempeño de toda
actividad político-partidista.
En
efecto, ¿qué independencia frente al Ejecutivo, el Legislativo o el Judicial, o
ante su propio gremio, tendrá un defensor que llegó al cargo por ser miembro de
un partido político, por ser funcionario en el actual Gobierno o el anterior,
por haber sido testaferro, colaborador o consejero de diputados y caciques
políticos?
Nada
más hay que leer o escuchar los medios de comunicación para percatarse que ya
la opinión pública percibe que los conspiradores de siempre ya tienen un
ungido. Y, aunque sean creíbles las negativas de algunos voceros de los
partidos políticos, el pueblo percibe que El Ungido (no es novela de Semana
Santa) será coronado y eso es lo que cuenta (‘¡Vox Populi, Vox Dei!'). ¡Gana la
Partidocracia, pierde el Pueblo!
De
poco vale el Artículo 13, si el Artículo 14 le abre una puerta de escape a un
posible infractor: ‘A los treinta días de su nombramiento, el titular de la
Defensoría del Pueblo tendrá que haber cesado en toda situación de incompatibilidad,
presumiéndose, en caso contrario, que renuncia tácitamente al cargo'.
Lindo,
¿no es cierto? Puedo ser miembro de un partido y, aunque toda la vida haya
hecho carrera (y chupado) bajo esa tolda, basta con que me nombren defensor,
porque antes de los 30 días oprimo la tecla ‘delete' o cancelar y ¡zas!, a la
papelera. Total, en 30 días a nadie se le olvidan las lealtades, los favores ni
todas las golosinas de la Partidocracia.
Nadie
que no sea un tonto deja de pertenecer al ‘Establishment' en 30 días. Tan es
así que un banco local tiene un número de teléfono para aquellos clientes que
cierran sus cuentas, pero quieren permanecer leales al banco: se le conoce como
‘el número de la lealtad'.
El
Artículo 14 debilita, daña, el Artículo 13 e introduce una contradicción que
raya en la inconstitucionalidad.
Si,
encima de que se nos cuele El Ungido, tomamos en cuenta que las opiniones del
defensor no son obligatorias —especialmente si afectan mi relación con mis
electores (patrones)— me pregunto: ¿qué clase de independencia tendrá El
Ungido? ¿Para qué crear una Defensoría del Pueblo venida a menos y rebajada
desde su cuna? ¡Mucho dinero para un simple ‘Buzón de Quejas'!
Aunque
sea la única vez, debe permitirse a los diputados elegir conforme a su
conciencia al próximo defensor del Pueblo y eximírseles de su obediencia al
partido para salvar el último bastión de la democracia popular.
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