El fallo Nº937
de la Corte Suprema de Justicia, del 21 de julio de 2009, mediante el cual,
producto del recurso presentado por el Dr. Juan Jované, se declara
inconstitucional el artículo 233 del Código Electoral, dando fin al monopolio
de los partidos al momento de postular a cargos de Presidente y Vicepresidente
de la República, crea un vacío legal, que debe ser llenado mediante la
aprobación de un nuevo artículo que incluya las candidaturas de libre
postulación, para los cargos mencionados
No legislar
en ese sentido, deja abierto el camino a diversas interpretaciones sobre quien
puede postular a dichos cargos, situación nada saludable para unas elecciones
transparentes, que es lo que supuestamente se quiere. Y es que al no aclarar
quién puede postular para Presidente y Vicepresidente, podemos interpretar que,
además de los partidos, también lo pueden hacer los sindicatos y organizaciones
con personería jurídica y lógico, la libre postulación
Algunos
consideran que la Asamblea Nacional debe archivar toda propuesta vinculada a
las elecciones y discutir las mismas, en el 2015. Argumentan que el torneo
electoral del 2014 se debe realizar con las reglas del 2009. Pero no olvidemos
que en esas elecciones, no permitieron la candidatura del Dr. Juan Jované, ya
que la Corte falló el último día de campaña y lo formalizó 3 meses después, el
21 de julio. De aplicarse las mismas reglas del juego, se corre el riesgo de
que mediante argucias de carácter legal, una vez más dejen al movimiento
popular fuera de las elecciones
Frente a
esta preocupación, proponen que sea el Tribunal Electoral quien reglamente las
candidaturas de libre postulación, pero surgen las dudas si es potestad de esa
institución reglamentar materia que es
propia de ley
Para fines
prácticos, recordemos que la ley, en este caso el Código, es norma de mayor
jerarquía que una reglamentación. En caso de posibles recursos ante la Corte,
la ley resistiría más embates que la reglamentación, sin olvidarnos de la
confrontación en la que se encuentran involucrados, tanto el órgano
legislativo, ejecutivo y Tribunal Electoral. Pero además, debemos recordar que
la propuesta de ULIP, a través de su vocero oficial, el Dr. Jované, es de que
la cantidad de firmas de apoyo a la candidatura de libre postulación sea 6, 350
equivalente al 0.4%, porcentaje que también se debe aplicar a las candidaturas
para los otros cargos de elección popular, Alcaldes, Diputados, Representantes
y Concejales, propuesta que de acogerse, aun hay tiempo y posibilidades, sólo
falta voluntad de los diputados, trastocaría algunos artículos del Código
Electoral, propuesta que no estaría al alcance del Tribunal Electoral
Además, no
olvidemos que el periodo del magistrado Gerardo Solís, vence en noviembre, lo
que aprovechará el gobierno para designar a un magistrado de confianza, sin
menoscabo de otras acciones, para tratar
de controlar dicha institución.
Cualquiera
que fuese la solución, lo que sí es cierto, que la libre postulación a la
Presidencia y Vice Presidencia de la República, es una necesidad y la misma debe
ser una realidad en el 2014, por diversas y poderosas razones.
Porque es una conquista del movimiento
popular y no se debe ignorar la voluntad y querer del pueblo.
Hay latente un fallo de la Corte Suprema que
todos deben acatar, sin olvidarnos que el artículo 23 de la Convención
Americana Sobre Derechos Humanos, de San José, Costa Rica, del 22 de noviembre
de 1969, reconoce que “ todos los ciudadanos deben gozar del derecho de b) de votar y ser elegidos en elecciones
periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto
secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores y ”.
Los gobernantes panameños están en la mira
de organismos internacionales de derechos humanos, porque históricamente se ha
violado el derecho humano a ser elegido, imponiéndose la partidocracia o
dictadura de partidos. En el 2009, luego de las elecciones, ante los
observadores de la Organización de Estados Americanos-OEA, denunciamos la violación de los derechos de
más de 450,000 panameños, a quienes no se les permite ejercer el derecho a ser
elegido.
Recientemente, dos observadores de la
Organización de Naciones Unidas-ONU, visitaron nuestro país, para conocer el estado
de las reformas electorales. Uno de
ellos, llegó a considerar que si se aplicasen las reglas del 2009, no habría problema
alguno, ya que las elecciones de ese año fueron transparentes, a lo que le
respondimos, que en aquella ocasión el movimiento popular fue excluido de
dichas elecciones, por lo que en el 2014, se corre el riesgo de que una vez
más, las grandes mayorías sean excluidas, sólo por no tener dinero, por lo que
las elecciones en Panamá, no son necesariamente democráticas ni representativas.
Recordemos que la Constitución, a la cual
tanto gobierno como la llamada oposición juran respetar, señala en su artículo
132, que los partidos políticos representan la diversidad del pensamiento e
ideas políticas presente en nuestra sociedad. Pero resulta que todos los
partidos legalmente constituidos son de corte neoliberal, por lo que en las elecciones,
el pueblo no tiene otra opción que votar por lo neoliberales, ya que a la
oposición extraparlamentaria, no se le ha permito inscribir un partido
diferente. Esa misma norma constitucional reconoce la libre postulación, por lo
que históricamente todos los gobernantes han violado la misma, al no permitir
la libre postulación para los dos más altos cargos del país.
La Partidocracia o dictadura de partidos
está en crisis producto del clientelismo político, del juega vivo y del
transfuguismo. El capital y lo material ha reemplazado a las ideologías y a las
utopías. Los partidos son considerados agencia de colocación de empleos,
empresas para hacer negocios, pero no para gobernar por el bienestar del país. Están altamente desprestigiados, por lo que
las candidaturas de libre postulación son una necesidad en el 2014, con el
compromiso de reestructurar todo el sistema electoral panameño. Funcionó y fue
bueno para el neoliberalismo y los neoliberales, pero no para el pueblo. Y eso
se acabó.
Prof. Raúl González R.
Céd. 9-85-755
Catedrático de Derecho Constitucional
Secretario General del Partido Alternativa
Popular.
Difiero rontundamente con esta opinión:
ResponderEliminar"Y es que al no aclarar quién puede postular para Presidente y Vicepresidente, podemos interpretar que, además de los partidos, también lo pueden hacer los sindicatos y organizaciones con personería jurídica y lógico, la libre postulación"
En lo legal, no es posible esta afirmación.
Por el resto, apoyo total al Profesor Juan Jované como candidato y presidente de las fuerzas progresistas e independientes.
ResponderEliminar